lunes, diciembre 19, 2011

Sentencia histórica: se absuelve a Pablo Soto por crear software P2P y se condena en costas a las discográficas.

Las multinacionales discográficas pedían más de 13 millones de euros por los supuestos perjuicios ocasionados.


Madrid, 19-diciembre-2011. Tras años de litigio ha recaído sentencia en el caso que enfrentaba a las mayores multinacionales discográficas del mundo, SONY, WARNER, UNIVERSAL, EMI, y a la patronal PROMUSICAE, contra el desarrollador español Pablo Soto. Al joven informático le reclamaban más de 13 millones de euros por crear programas de intercambio de archivos a través de Internet responsabilizándole de las posibles infracciones de los millones de usuarios que descargan y ofrecen música con esas aplicaciones. La sentencia, del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, desestima íntegramente la demanda y condena en costas a las demandantes.


En junio de 2008, el programador Pablo Soto y sus empresas de software fueron demandadas por las cuatro majors de la industria discográfica mundial, a la que se unió PROMUSICAE, la patronal nacional. El juicio se celebró en Madrid en el año 2009 y ahora ha recaído la sentencia que es totalmente favorable al desarrollador español demandado.


La demanda, que llegó a calificar las herramientas objeto del procedimiento como “armas de destrucción masiva” y a Pablo Soto como “el gran traidor de la causa P2P”, adjuntaba hasta nueve periciales para acreditar sus tesis. Sin embargo, tras varios años de procedimiento y un juicio que duró un total de 15 horas, la sentencia coincide plenamente con la postura jurídica sostenida por la defensa argumentando que el desarrollo de una tecnología que puede ser usada por particulares para el intercambio de música no es una infracción de propiedad intelectual. El Juzgado, que pese a lo manifestado por las demandantes considera que la actividad de Pablo Soto y sus empresas era absolutamente transparente, declara además que ha quedado acreditado que los demandados no almacenaban ningún archivo musical y que “las sentencias firmes hasta la fecha” coinciden en manifestar que “en ningún caso [es una infracción] el mero hecho de facilitar esa conducta” de intercambio de música.


El caso Soto mantiene relevancia internacional ya que se enmarca dentro de la estrategia global de litigio seguida por las multinacionales contra cualquier desarrollador de tecnología que consideren perjudicial para sus intereses. El caso es seguido de cerca por estudiosos de todo el mundo y plantea judicialmente la tensión que se produce entre los desarrolladores de software y las multinacionales que ostentan la propiedad intelectual de los contenidos, pretendiendo éstas controlar todos los canales de difusión.



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Para más información sobre el procedimiento, puede contactar con el letrado David Bravo en el teléfono 691 585 403.


Documentos:

- Sentencia: http://estaticos.elmundo.es/documentos/2011/12/19/sentencia_pablo_soto.pdf

- Fragmento en vídeo del interrogatorio al perito de las multinacionales por la demandada. http://youtu.be/ZpgtPphSIWo


Acerca de la defensa:

La defensa de Pablo Soto y sus empresas ha sido llevada a cabo por los letrados José Ignacio Aguilar, David Bravo y Javier de la Cueva, quienes también han llevado otros casos contra las multinacionales discográficas y entidades de gestión como el caso Sharemula, procedimiento en vía penal en España en obtener una resolución favorable a una web de enlaces a redes P2P y el caso indice-web.com, primera web de enlaces en obtener una sentencia firme y favorable en vía civil.


Acerca de Pablo Soto:

Considerado uno de los «padres del P2P» junto con Justin Frankel (Gnutella) y Shawn Fanning (Napster), es uno de los 25 españoles más influyentes en el ámbito de Internet según El Mundo. Participa de manera frecuente en foros nacionales e internacionales y, en algunas ocasiones, ha impartido clases como profesor invitado en varias universidades del Estado. Ha recibido diversos premios tanto dentro como fuera de España y, en 2009, fue galardonado con el Pioneer Award de la Asociación Internacional de la Computación Distribuida (DCIA por sus siglas en inglés).


Acerca de MP2P Technologies:

Las innovaciones tecnológicas de MP2P Technologies han sido descargadas por millones de usuarios de todo el globo. Fundada por el renombrado desarrollador Pablo Soto en el año 2000, MP2P Technologies permanece en la actualidad como líder del sector P2P y tecnología de consumo. MP2P Technologies tiene sus oficinas en Madrid, España. Para más información visite http://www.mp2p.net

viernes, diciembre 02, 2011

La Red Resiste

Hace exactamente dos años tuvimos conocimiento del anteproyecto de Ley Sinde. Gran parte de la ciudadanía señaló de inmediato su rechazo en las redes a través del #manifiesto por los derechos fundamentales en Internet. En estos 24 meses el debate social sobre esta iniciativa ha sido intenso y ha aglutinado a ciudadanos y organizaciones preocupados por la merma de derechos y libertades. Ahora, pocos días después de haber sido deslegitimado por las urnas, un gobierno moribundo pretende aprobar el reglamento que desarrolla esta ley en abierta connivencia con el gobierno entrante.

La Ley Sinde tendrá numerosos efectos indeseados: al introducir una fuerte inseguridad jurídica en la regulación de Internet, se dificulta gravemente la actividad de los emprendedores tecnológicos que el Partido Popular pretende que contribuyan a reactivar la economía. La redacción de la Ley Sinde señala claramente que se aplica a todos los servicios de la sociedad de la información; no deben confundirnos los mensajes que afirman que su única razón es la de cerrar webs de descargas. Nada es peor para el crecimiento de un mercado que la inseguridad de no saber si al día siguiente un negocio puede ser cerrado por la aplicación arbitraria de una norma en manos del gobierno de turno.

El panorama de la propiedad intelectual en nuestro país es atroz: la Embajada de los Estados Unidos ha impuesto la aprobación de la Ley Sinde, el canon digital a empresas y administraciones fue declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea pero tras año y medio se sigue pagando, los antiguos dirigentes de la SGAE -siempre defendida por el Ministerio de Cultura- se hallan imputados en la Audiencia Nacional por el saqueo generalizado del dinero de los autores. Este panorama cuadra con el general: una corrupción política extendida y no censurada en las urnas, unida a la subordinación de la democracia a los intereses de unos pocos con nombres y apellidos a los que sin embargo se les llama “mercados”.

Sólo con inteligencia, diálogo y trabajo se pueden resolver los actuales retos de la propiedad intelectual y comenzar a construir una salida a la preocupante situación económica actual. Como el Tribunal Europeo de Justicia, entendemos que la tensión entre la propiedad intelectual y la libertad de empresa, el derecho a la privacidad y el derecho a recibir o emitir información ha de resolverse en favor de estos tres últimos derechos. Será la única manera de crear riqueza y de mantener las libertades que tanto ha costado conseguir.

Frente a la arbitrariedad, la defensa histórica de la ciudadanía ha consistido en asegurar la garantía de los derechos fundamentales sustrayéndolos de la política, esto es, de los poderes de la mayoría y del mercado: se trata de derechos inviolables, indisponibles e inalienables.

Los gobiernos van y vienen. La red resiste.